by admin
ASILO Y PROTECCIÓN SUBSIDIARIA

Esta protección implica la no devolución ni expulsión de las personas a las que se les haya reconocido este derecho. También incluye la implementación de las medidas establecidas en la normativa española, mientras se mantengan las circunstancias que justifican el derecho de asilo o la protección subsidiaria.

REQUISITOS

  • No ser ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, ni familiar de sus ciudadanos.
  • No tener antecedentes penales en España, ni en el país de residencia anterior durante los últimos cinco años.
  • No tener prohibida la entrada en España ni figurar como rechazable en países con convenios relevantes.
  • No estar bajo un compromiso de no retorno a España tras un regreso voluntario.
  • Haber permanecido en España de manera continua durante al menos dos años, con ausencias que no superen los 90 días en ese periodo.
  • Tener lazos familiares con otros extranjeros residentes o presentar un informe de arraigo que demuestre su integración social.
  • Disponer de un contrato laboral firmado por el trabajador y el empleador, que asegure al menos el salario mínimo interprofesional o el salario estipulado, según corresponda. 
  • En el sector agrícola, se podrán presentar dos o más contratos con diferentes empleadores que estén concatenados.

DOCUMENTOS REQUERIDOS

  • Formulario de solicitud correctamente completado y firmado.
  • Pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción con una vigencia mínima de cuatro meses.
  • Documentación que acredite la permanencia continua en España durante un mínimo de dos años.
  • Certificado de antecedentes penales emitido por las autoridades del país o países donde haya residido en los cinco años previos a la entrada en España.
  • Documentación que justifique los lazos familiares requeridos o bien, informe de integración social emitido por la Comunidad Autónoma del lugar de residencia habitual del solicitante.
  • Documentación que acredite los medios de subsistencia:
    • Contrato o contratos laborales con las características exigidas, firmados por el empleador y el trabajador.
    • Si no se presenta el contrato, se podrán justificar los medios de vida si el informe de arraigo social que demuestre la integración social del extranjero así lo indica y sugiere eximir al solicitante de este requisito. 
    • Documentación que demuestre tener medios de vida suficientes para su manutención, que representen al menos el 100% de la cuantía de la renta garantizada del Ingreso Mínimo Vital anualmente.

PROCEDIMIENTO

  • Sujeto autorizado para presentar la solicitud: El extranjero, de forma personal, o su representante legal en caso de ser menor o incapacitado.
  • Lugar de presentación: Oficina de Extranjería de la provincia donde el extranjero tenga su residencia.
  • Tasa de residencia temporal por motivos excepcionales: Se generará al momento de admitir la solicitud y deberá pagarse en un plazo de diez días hábiles.
  • Plazo de resolución de la solicitud: Tres meses desde el día siguiente a la presentación en el registro del organismo competente. Si transcurre este plazo sin notificación, se considerará que la solicitud ha sido denegada por silencio administrativo.
  • La concesión de la autorización de residencia, si se dispone de contrato laboral, incluye una autorización de trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia, siempre que se cumplan los requisitos necesarios para obtener una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.
  • Dentro de un mes a partir de la notificación de la concesión de la autorización de residencia por motivos excepcionales, deberá realizarse, si corresponde, la afiliación y/o alta en la Seguridad Social por la misma empresa que figura en el contrato que se encuentra en el expediente. 

  • El solicitante deberá presentar, al cabo de 1 mes de la concesión, los siguientes documentos para solicitar la Tarjeta de Identidad del Extranjero:

    • Pasaporte vigente.
    • Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero.
    • Comprobante del pago de la tasa de la tarjeta.
    • Certificado de afiliación a la seguridad social.
    • Una fotografía reciente en color, fondo blanco, tamaño carné.
  • La autorización concedida tendrá una duración de un año, al finalizar el cual se podrá solicitar una nueva autorización de residencia o una autorización de residencia y trabajo.